SALIDAS EDUCATIVAS Y ESTATUTO DOCENTE
Clase de intercambio de política Institicional con la profesora Muñoz.
Salidas Educativas:
Resolución 378/17, establece las normas que regula la salidas educativas, es decir la cantidad de docentes que son necesarios en función de la cantidad de alumnos que participen en la salida( dependiendo edades) cada doce alumnos menores de dieciséis años corresponde un docente.
Existe la posibilidad de que personas no docentes puedan también acompañar al docente , pero no serán responsables del cuidado de los alumnos, sólo irán para colaborar en algunas tareas. Los que tambi e . (Pueden viajar son los auxiliares del colegio o un papá o una mamá).
Comentó además que el régimen de realidades igual tanto para las escuelas Públicas como para las Privadas. Es fundamenta que se completen todos los formularios correspondientes para se presentado ante las autoridades a fin.
La profesora Muñoz hizo mención al Estatuto docente, que es aquel donde se encuentran todos los derechos, es el resultado de una lucha previa de todos los docentes.
Hizo mención del capítulo 2: mencionó las obligaciones y derechos del personal docente. Los cargos que podemos tener una vez que seamos docentes con título.
Capítulo 20: establece el régimen de licencias quién la otorgan y los plazos. La profesora nos explivo la diferencia entre docente, titular, provisional y suplente. Existe la posibilidad de solicitar un acrecentamiento cuando contamos con dos cargos titulares como mínimo.
En la segunda clase habló de la Responsalidad Civil en el ámbito educativo, comentó sobre las normas que regulan las actividades en dichos establecimientos, estos dependen de la Dirección General de Escuelas. Nos informó acerca del marco legal de nuestro futuro como docentes, de nuestra responsabilidad al ser docentes cuidadores de sujetos menores de edad, de cómo afrontar distintas situaciones problemáticas.
Existen responsabilidades objetivas y subjetivas de los establecimientos educativos ante eventuales daños sufridos ocasionados por alumnos o sufridos por un tercero ( esto es si los alumnos se lastiman entre sí), la importancia de no ser negligentes, imprudentes e imperantes. Debemos hacerlo con total integridad y responsabilidad.
La clase fue muy interesante a pesar de los tiempos. Sin dudas la profesora Muñoz, es una persona que conoce nuestros derechos como docentes y nuestras obligaciones. Agradecemos a la profesora por la posibilidad brindada a tener un intercambio y permitirnos ampliar nuestros conocimientos.
Salidas Educativas:
Resolución 378/17, establece las normas que regula la salidas educativas, es decir la cantidad de docentes que son necesarios en función de la cantidad de alumnos que participen en la salida( dependiendo edades) cada doce alumnos menores de dieciséis años corresponde un docente.
Existe la posibilidad de que personas no docentes puedan también acompañar al docente , pero no serán responsables del cuidado de los alumnos, sólo irán para colaborar en algunas tareas. Los que tambi e . (Pueden viajar son los auxiliares del colegio o un papá o una mamá).
Comentó además que el régimen de realidades igual tanto para las escuelas Públicas como para las Privadas. Es fundamenta que se completen todos los formularios correspondientes para se presentado ante las autoridades a fin.
La profesora Muñoz hizo mención al Estatuto docente, que es aquel donde se encuentran todos los derechos, es el resultado de una lucha previa de todos los docentes.
Hizo mención del capítulo 2: mencionó las obligaciones y derechos del personal docente. Los cargos que podemos tener una vez que seamos docentes con título.
Capítulo 20: establece el régimen de licencias quién la otorgan y los plazos. La profesora nos explivo la diferencia entre docente, titular, provisional y suplente. Existe la posibilidad de solicitar un acrecentamiento cuando contamos con dos cargos titulares como mínimo.
En la segunda clase habló de la Responsalidad Civil en el ámbito educativo, comentó sobre las normas que regulan las actividades en dichos establecimientos, estos dependen de la Dirección General de Escuelas. Nos informó acerca del marco legal de nuestro futuro como docentes, de nuestra responsabilidad al ser docentes cuidadores de sujetos menores de edad, de cómo afrontar distintas situaciones problemáticas.
Existen responsabilidades objetivas y subjetivas de los establecimientos educativos ante eventuales daños sufridos ocasionados por alumnos o sufridos por un tercero ( esto es si los alumnos se lastiman entre sí), la importancia de no ser negligentes, imprudentes e imperantes. Debemos hacerlo con total integridad y responsabilidad.
La clase fue muy interesante a pesar de los tiempos. Sin dudas la profesora Muñoz, es una persona que conoce nuestros derechos como docentes y nuestras obligaciones. Agradecemos a la profesora por la posibilidad brindada a tener un intercambio y permitirnos ampliar nuestros conocimientos.
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